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El Ministerio Público de la República Dominicana impartió una charla titulada “Nuevas tendencias del Código Penal Dominicano” en el Club Banreservas de Santiago, con el objetivo de mitigar riesgos organizacionales y promover relaciones deportivas transparentes y seguras. La actividad contó con la presencia de entrenadores y deportistas que imparten distintas disciplinas a niños, niñas, adolescentes y adultos. La sesión fue dirigida por las fiscales Gladisleny Núñez, directora de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, y Esmeldiza Marte, encargada de Planificación y Estadísticas. Ambas destacaron que la reforma del Código Penal incluye nuevos tipos penales que deben ser conocidos por las organizaciones que trabajan con poblaciones vulnerables o subordinadas. Entre los temas abordados se incluyeron las distintas formas de acoso, el acoso digital y el acoso reiterado. Marte explicó la necesidad de mantener la prudencia en la relación interpersonal entre entrenadores y atletas para garantizar la seguridad de la comunidad. Las fiscales definieron el hostigamiento como cualquier conducta que persigue de forma incisiva a una persona y que altera su vida cotidiana, señalando que la repetición de dicha conducta puede constituir una agravante. Se hizo hincapié en la autoridad del entrenador frente al atleta, señalando que la nueva normativa lo considera un elemento agravante del delito, ya que el rol de autoridad implica un deber de protección y cuidado hacia la persona subordinada. “Hay un tema de autoridad respecto de las personas con las que interactúan, ya sean adultas, niños, niñas o adolescentes, mientras ustedes prestan un servicio de entrenamiento”, dijo Esmeldiza Marte. “Por esta razón, el legislador ha visto un poco más allá y los posiciona ahora como alguien que tiene un deber de proteger a la víctima, y no como quien usa el poder que tiene para decidir de manera arbitraria sobre la víctima”, añadió. María Alejandra Gómez, vicepresidenta de Capital Humano, Clima y Cultura de Banreservas, agradeció la charla y resaltó que el conocimiento de todos fortalece la organización deportiva, que cuenta con un protocolo normativo de prevención. La academia ofrece entrenamientos en fútbol, voleibol, baloncesto, béisbol, softbol y natación. La directora de la Unidad de Género, Gladisleny Núñez, recordó la importancia de que cada entrenador priorice la seguridad física e integral de sus atletas y de usar los canales institucionales correspondientes para reportar cualquier incidente. “Un buen entrenador forma atletas y protege su dignidad, por lo que también atañe a un instructor resguardar la seguridad de quienes forma”, afirmó. Núñez instó a los asistentes a mantener límites profesionales claros y a que los entrenamientos se desarrollen con la presencia de terceros y en espacios abiertos siempre que sea posible. Según Núñez, el artículo 37 del nuevo Código Penal establece que la autoridad del agresor y la minoría de edad de la víctima son agravantes, pues el rol de autoridad, que antes era una condición para reconocer la existencia de delito, ahora se considera un factor agravante. Article source: El Nuevo Diario | Image credit: El Nuevo Diario
El Ministerio Público de la República Dominicana impartió una charla titulada “Nuevas tendencias del Código Penal Dominicano” en el Club Banreservas de Santiago, con el objetivo de mitigar riesgos organizacionales y promover relaciones deportivas transparentes y seguras. La actividad contó con la presencia de entrenadores y deportistas que imparten distintas disciplinas a niños, niñas, adolescentes y adultos. La sesión fue dirigida por las fiscales Gladisleny Núñez, directora de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, y Esmeldiza Marte, encargada de Planificación y Estadísticas. Ambas destacaron que la reforma del Código Penal incluye nuevos tipos penales que deben ser conocidos por las organizaciones que trabajan con poblaciones vulnerables o subordinadas. Entre los temas abordados se incluyeron las distintas formas de acoso, el acoso digital y el acoso reiterado. Marte explicó la necesidad de mantener la prudencia en la relación interpersonal entre entrenadores y atletas para garantizar la seguridad de la comunidad. Las fiscales definieron el hostigamiento como cualquier conducta que persigue de forma incisiva a una persona y que altera su vida cotidiana, señalando que la repetición de dicha conducta puede constituir una agravante. Se hizo hincapié en la autoridad del entrenador frente al atleta, señalando que la nueva normativa lo considera un elemento agravante del delito, ya que el rol de autoridad implica un deber de protección y cuidado hacia la persona subordinada. “Hay un tema de autoridad respecto de las personas con las que interactúan, ya sean adultas, niños, niñas o adolescentes, mientras ustedes prestan un servicio de entrenamiento”, dijo Esmeldiza Marte. “Por esta razón, el legislador ha visto un poco más allá y los posiciona ahora como alguien que tiene un deber de proteger a la víctima, y no como quien usa el poder que tiene para decidir de manera arbitraria sobre la víctima”, añadió. María Alejandra Gómez, vicepresidenta de Capital Humano, Clima y Cultura de Banreservas, agradeció la charla y resaltó que el conocimiento de todos fortalece la organización deportiva, que cuenta con un protocolo normativo de prevención. La academia ofrece entrenamientos en fútbol, voleibol, baloncesto, béisbol, softbol y natación. La directora de la Unidad de Género, Gladisleny Núñez, recordó la importancia de que cada entrenador priorice la seguridad física e integral de sus atletas y de usar los canales institucionales correspondientes para reportar cualquier incidente. “Un buen entrenador forma atletas y protege su dignidad, por lo que también atañe a un instructor resguardar la seguridad de quienes forma”, afirmó. Núñez instó a los asistentes a mantener límites profesionales claros y a que los entrenamientos se desarrollen con la presencia de terceros y en espacios abiertos siempre que sea posible. Según Núñez, el artículo 37 del nuevo Código Penal establece que la autoridad del agresor y la minoría de edad de la víctima son agravantes, pues el rol de autoridad, que antes era una condición para reconocer la existencia de delito, ahora se considera un factor agravante.
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