La Superintendencia de Pensiones (Supén) implementó una reforma integral a los controles que las Operadoras de Pensiones Complementarias (OPC) deben ejecutar para prevenir la legitimación de capitales y el financiamiento de actividades ilícitas. La nueva normativa, denominada SP-A-300-2026, entró en vigor el pasado 3 de noviembre tras su publicación en el diario oficial La Gaceta, sustituyendo el acuerdo vigente desde 2020. Los cambios establecen un enfoque basado en riesgos, permitiendo a las OPC aplicar controles simplificados a los afiliados con perfiles de bajo riesgo, mientras que exigen verificaciones intensificadas para aquellos que presenten patrones de comportamiento inusuales. Estas medidas abarcan las cuentas del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP), el Fondo de Capitalización Laboral (FCL) y los fondos de pensiones voluntarios. Bajo este esquema, los afiliados se mantienen clasificados en dos categorías: la categoría 1, que agrupa a personas con aportes regulares y bajo riesgo, y la categoría 2, que incluye a quienes muestran variaciones significativas en sus montos o patrones de contribución. Entre las modificaciones principales, la reforma ajusta los criterios de debida diligencia simplificada. Anteriormente, las operadoras podían prescindir de recopilar información sobre el origen de los recursos de clientes de bajo riesgo sin condiciones específicas. Con la nueva normativa, esta excepción queda sujeta a que el origen de los fondos pueda ser verificado mediante mecanismos institucionales o a través del Sistema Centralizado de Recaudación (Sicere). Asimismo, la norma precisa los requisitos para sustituir la firma manuscrita por mecanismos de autenticación digital en relaciones no presenciales, definiendo estos últimos como procedimientos tecnológicos que permiten validar la identidad y generar evidencia verificable de las gestiones. Adicionalmente, se permite a las OPC espaciar la frecuencia de actualización de datos personales y aplicar una menor intensidad de monitoreo para los clientes de menor riesgo. La reforma se fundamenta en las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y en la legislación nacional vigente, incluyendo el Reglamento para la prevención del riesgo de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, aplicable a los sujetos obligados de la Ley Nº 7786. Finalmente, la Supén amplió sus facultades de supervisión, lo que le permitirá solicitar a las operadoras información agregada sobre la aplicación de este esquema de debida diligencia diferenciada. El objetivo de esta medida es evaluar la efectividad de los controles y detectar posibles desviaciones en su implementación. El nuevo texto también incluye ajustes de redacción en disposiciones previas, sin alterar su alcance original.